La discusión
sobre la Prisión Permanente Revisable
ocupa en esta época un papel destacado en toda la prensa y en la actividad
parlamentaria, especialmente en esta última donde tuvimos ocasión de ver un
espectáculo deplorable en el que volvemos
a preguntarnos una y otra vez, pero ¿a quiénes hemos votado? ¿Es verdad que
estos nos representan?
El tema es,
debería ser, eminentemente jurídico, pero claro, cuando se trata de justicia de
un modo u otro se suele confundir con la venganza y entonces se convierte en un
tema muy pueblerino. Por otro lado, y debido a su anárquica aplicación, la justicia
nos suena a chacota porque a los grandes ladrones de guante blanco no se les
obliga a devolver lo robado y los delincuentes en general están en la calle a
los pocos meses. Como reconoció el propio presidente del Tribunal Supremo, en
España tenemos una justicia de robagallinas.
Adelanto que soy un lego en materia jurídica así que ruego a mis posibles lectores que no
se tomen muy en serio lo que digo y mejor busquen bibliografía de fuentes más
fiables.
Por lo que
yo he podido entender la Prisión Permanente Revisable es una especie de cadena
perpetua con el atenuante de que puede ser revisada en ciertos periodos de
tiempo. Si esto se toma como una venganza de la sociedad ante ciertos crímenes
horrendos puede parecer un poco excesiva. Si se toma bajo el punto de vista de
la izquierda “guay” para la que “los presos son víctimas del sistema capitalista”,
sería inaceptable. Pero si la consideramos como un modo posible de salvaguardar
a la sociedad ante criminales irremisibles e irrecuperables entonces a mí me parece bastante razonable.
De hecho,
este tipo de prisión está aceptado por la Corte Internacional Penal y por el
Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y la tienen la mayoría de países
europeos como Alemania, Francia, Reino Unido, Italia, Bélgica, etc. ¿Entonces cuál
es la razón por la que no podemos tenerla nosotros?
Yo recuerdo
haber escuchado en mi época de estudiante que la justicia se instauró en las
sociedades primitivas para evitar la venganza y el odio entre la sociedad al
juzgar los crímenes personas sabias y ajenas al conflicto. Lo que supuso un
bien social inigualable. Pero también que el estado tiene la obligación ineludible
de salvaguardar a su población de los asesinos, ladrones, violadores, y demás malhechores.
Entonces uno se pregunta: ¿si un violador no puede ser reeducado y por tanto no
puede ser insertado en la sociedad, qué hacemos? ¿Lo dejamos en libertad al
cabo de unos añitos para que siga violando chavalas? Los norteamericanos lo
tienen claro: lo matamos. Pero nosotros no somos tan salvajes, así que habría
que idear una pena que consista en salvaguardar a la sociedad de este peligro y
eso podría ser la prisión permanente revisable o cosa por el estilo.
La ciencia
neurológica sabe hoy cosas que pueden ayudar mucho en este pleito. De un modo muy
simple, y por tanto muy inexacto, podríamos decir que la conciencia es una
cualidad de nuestro cerebro y que se la puede tener en diversos grados de
plenitud e incluso hay quien no la tiene. Pero precisemos la terminología para
no incurrir en errores de bulto.
La CONCIENCIA
se define hoy como la capacidad que
tenemos para valorar el presente. Y la cantidad de información asimilada e
integrada se corresponde con el nivel de conciencia. Esto nos dice que la
conciencia es un proceso emergente del cerebro y, como bien sabemos, no todos
los cerebros funcionan igual de bien. Es más, el nivel de conciencia de cada
uno de nosotros depende de la cantidad de cultura asimilada, “digerida”. Por
tanto para las personas que no han tenido el privilegio de educarse en un
ambiente cultural tendrán un nivel de conciencia bajo. Ya solo por estas
definiciones uno puede sospechar que una reeducación carcelaria, bien pasada la
mayoría de edad, no va a tener un impacto apreciable en el nivel de conciencia
de los presos.
No debemos
confundir la conciencia con la CONSCIENCIA que no es más que el estado por el
cual el sujeto tiene conocimiento de sí mismo y su entorno.
Pero la
conciencia tiene diversos sones, uno de los cuales es la EMPATÍA que es la que
nos viene al pelo en este análisis. Podemos definirla como la capacidad de comprender y compartir los pensamientos, deseos y
sentimientos de otra persona. Gracias a la empatía nos duele el dolor
ajeno, nos ponemos en el lugar de los demás para enjuiciar las situaciones y
comprendemos porqué los demás piensan como lo hacen. Alguien ha definido la
COMPASIÓN como la empatía en acción.
Las zonas de
nuestro cerebro que están más implicadas en este proceso de la empatía están
perfectamente localizadas (en la corteza cingular anterior y en la ínsula) e
incluso el tipo de neuronas mayormente implicadas que son las recientemente
descubiertas neuronas espejo.
Al igual que
la conciencia, la empatía tiene su componente biológica y su componente
educativa. Dependiendo del ambiente familiar, educativo y social en que se han
desarrollado los niños se incentiva la empatía o, por el contrario, se inhibe. Ha podido demostrarse que en los profesionales que viven rodeados del
dolor ajeno, como fisioterapeutas y algunos médicos, se produce una rápida
regulación emocional de la empatía inhibiendo el proceso de percepción del
dolor foráneo. También se ha visto que los psicópatas tienen un cerebro incapaz
de empatizar y comprender las emociones de los demás.
¿Qué más
necesitan los legisladores para comprender que el único modo que existe para
proteger a la sociedad de los psicópatas es mantenerlos al margen?
Y quiero
terminar esta reflexión resaltando un hecho: los que han recibido por herencia
un cerebro incapaz de empatía, o la han destruido por haber tenido una infancia
desestructurada y nefasta, NO SON CULPABLES, puesto que no ha
intervenido en ello su voluntad consciente. Por tanto no merecen ser castigados por esta razón sino tan solo ser apartados, en caso de haber delinquido, para que no causen más daño a los demás. Eso sí, el Estado y la sociedad en su
conjunto, somos responsables de que algunos niños no reciban el cariño y la
educación adecuada para mejorar sus cualidades humanas.
Manuel Reyes
2 comentarios:
Lo lamento, Manolo. Pero me temo que no tengo las cosas tan claras como tú. Me parece que parte de tu comentario está un poco confuso, porque mezclas churras con merinas, por ejemplo, la falta de proporcionalidad en algunos casos, bien por ser "generosos"con ciertos delitos, y excesivamente crueles con los roballinas. Pero eso no viene al caso. ¿Tenemos tan claro el asunto de la imposibilidad de reinserción de todos los casos, especialmente de estos tan graves? A mí me parece que toda esta campaña tiene como fondo aquello que trata de evitar el derecho penal: la venganza. Decir que con esto se evitan nuevos crímenes no es más que un subterfugio que oculta el deseo de venganza: ¿acaso metiendo en prisión permanente se van a evitar nuevos casos? No seamos ingenuos. Como mucho se podrá evitar que los mismos vuelvan a delinquir, pero nada más. Y todavía no está desarrollada ni la neurociencia ni la psiquiatría como para ser capaz de predecir: a) que un determinado sujeto va a volver a delinquir; b) quiénes son los que son sospechosos de que van a cometer esos delitos y por lo tanto hay que separarlos. Creo que hay que tener más cautela a la ahora de pedir qué hacer de modo más o menos bárbaro con los delincuentes. Es mi opinión.Un abrazo
Estoy completamente de acuerdo. Hay ciertos delincuentes que por una razón u otra no es posible reinsertarlos en la sociedad. Son delincuentes que cometen delitos muy graves que dañan gravemente la sociedad.
El artículo 25.2 de la Constitución tiene mucha razón de ser para la gran mayoría de delincuentes. Pero ese reducido número de reincidentes que causan un tremendo mal a la sociedad solo pueden ser apartados de la misma para evitar su daño.
En ese sentido me parece adecuada la Pena Permanente Revisable. Los que han reincidido en un delito como el asesinato, la violación… han demostrado SOBRADAMENTE que no pueden convivir con el resto de congéneres.
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